RGPD en ensayos clínicos en la UE

El marco RGPD aplicado a datos clínicos, obligaciones del controller vs. processor y cómo Trialinx aporta controles.

RGPD como marco único

El RGPD (UE 2016/679) es directamente aplicable en los 27 Estados miembros + EEE. Cada país añade matices vía legislación nacional, pero los principios son uniformes.

En ensayos clínicos el RGPD convive con la CTR (UE) 536/2014 que armoniza la ejecución pero no reemplaza las obligaciones de protección de datos.

Obligaciones clave

  • Base legal documentada (Art. 6 + Art. 9)
  • DPA con el processor (Art. 28)
  • DPIA para datos de salud a gran escala (Art. 35)
  • Notificación de brechas en 72h (Art. 33)
  • Derechos del sujeto con salvaguardas Art. 89

Controles para UE

  • DPA firmable en todos los planes de pago
  • Residencia UE en Institutional
  • Documentación de RoPA interna
  • Integración con workflows de derechos del sujeto

Preguntas frecuentes

¿El Art. 89 exime de todos los derechos del sujeto?

No — permite restricciones proporcionadas cuando el ejercicio del derecho haría imposible o afectaría gravemente los objetivos de investigación. Cada restricción debe justificarse.

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